A propósito del 58° período de sesiones

 

¿Hacia dónde va, para qué y a quién sirve la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas?

 

 

Sus debates y decisiones, y aun los procedimientos, parecen alejarse del mandato que le ha sido encomendado, la promoción y protección de los derechos humanos, para servir a otros  intereses.

 

Desde hace una década asisto a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), en calidad de observador de la Asociación Americana de Juristas (AAJ). En este caso, y en cada nuevo período de sesiones tengo la sensación de estar asistiendo a uno que ya pasó, o de no estar en el foro de la importancia que tiene la Comisión en la escala jerárquica del organismo mundial, como lo pensé la primera vez que estuve en ella.

 

            En efecto, año tras año confirmo mis dudas y aumentan mis frustraciones aunque me sirvan para comprender mejor por qué la mayoría de los problemas de derechos humanos no tienen solución  en su seno. Los comentarios que se hacen aquí no corresponden sólo a las sesiones de este año, son más bien una síntesis de un decenio  observando su funcionamiento.

 

La crítica no me impide reconocer los aspectos positivos: excelentes documentos sobre una extensa gama de temas de gran interés, en especial algunos informes que, por la calidad humana e intelectual de su autor –relator, experto, presidente de Grupo de Trabajo, etc.- o por la seriedad y consagración en la elaboración del encargo, u otros de instituciones intergubernamentales y no gubernamentales, son de gran valor y obligada lectura para los militantes, activistas y/o profesionales de los derechos humanos, como para cualquiera persona interesada por los problemas que agobian a la mayor parte de la humanidad.

 

            En un intento por presentarlo en el mejor orden posible, divido el documento en cuatro subtítulos: el primero, observaciones sobre las formas y procedimientos de la CDH; el segundo, relativo a algunos aspectos sustantivos de la misma;  el tercero, a modo de conclusión; y el cuarto, un anexo sobre la presencia de la AAJ en este foro mundial.

 

A.        Aspectos formales y procedimientos de la CDH

 

Sin profundizar en el reglamento interno de la CDH, existen normas en cuanto a la participación de los delegados de los Estados miembros[1], los Estados observadores, los organismos intergubernamentales –del sistema de la ONU y otros- y de las ONG.

 

1.         El tiempo para intervenciones orales

 

Este año, por presiones de los Estados Unidos[2], según rumores y comentarios que circularon durante el período de sesiones, la Secretaría General de la ONU prohibió desde la segunda semana trabajar después de las 6 p.m., como era usual a medida que el orden del día se retrasaba por las dificultades para evacuar algunos sus temas. La razón esgrimida por Nueva York y transmitida por el Presidente de la CDH, señor Krzysztof Jakubowski –Polonia- al pleno fue        el déficit presupuestario de la ONU que no permitía la prestación extra de los servicios técnicos indispensables para llevar a cabo el trabajo, en especial, el servicio de interpretación.

 

            En esas condiciones, la Mesa de la CDH aprobó como primera medida - con carácter excepcional y sólo para este período de sesiones-, reducir el tiempo de todas las intervenciones un 30% del correspondiente a cada uno. Así, a partir del tema 9 de la Agenda[3] -segunda semana- los diez minutos para los Estados miembros se redujeron a siete, los siete para los Estados observadores a cinco y los cinco para las ONG a tres y medio. Mas las restricciones no pararon ahí: en el debate de los últimos temas las intervenciones de las ONG se redujo a lo mínimo: un minuto cuarenta y cinco segundos; pero lo extremo fue cuando no se permitió la participación de las ONG -caso del debate especial sobre Palestina-, o se recortó la lista de las mismas en otros[4].

 

            Si bien la cantidad de ONG ha aumentado por laxitud en la concesión del estatuto consultivo -algunas conformadas por una sola persona-, o por la política adoptada por ciertos Estados de utilizarlas como instrumento para atacar a otro en relación a un contencioso, o enemistad política, religiosa o de otra índole, propiciando los medios para su creación, el número de ellas se ha incrementado a tal punto que el recinto de sesiones se hace cada día más pequeño, con las consecuencias previsibles: ruido, desorden y disputas por una silla por los observadores no gubernamentales, etc.

 

Las limitaciones excesivas en estas sesiones causó perjuicio a muchas personas que llegando desde lejos, algunas en condiciones económicas precarias, para denunciar graves violaciones de los derechos humanos en lugares olvidados de los centros de poder económico y político, tuvieron que regresar sin haber logrado su propósito. También para los expertos y relatores especiales, pues, en cinco minutos, tiempo que se les concedió para la presentación oral de su informe, es insuficiente cuando son temas densos o delicados.

 

Si lo anterior le restó altura a los debates, otro tanto sucedió con la fusión –por la misma causa- de los temas tratados en las dos últimas semanas de Comisión[5]. La interdependencia, universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos no es razón convincente para refundirlos para su estudio. El vínculo entre los derechos de la mujer y los del niño es evidente pero debatirlos al mismo tiempo merma la atención que requiere cada uno. Esto llevó a muchas delegaciones, oficiales y no oficiales,  a modificar sobre la marcha sus intervenciones preparadas con antelación para adaptarlas  a la nueva situación generada.

 

            La dilación –para muchos deliberada- del debate del tema 8 -Los territorios árabes ocupados, incluida Palestina- y la de hacer o no un debate especial sobre Palestina, no se justificaba en el seno del organismo. Más de ocho días intentando no sé qué cuando el mundo veía estupefacto en directo por televisión cómo una potencia ocupante se burlaba del Consejo de Seguridad, y del mundo, negándose a cumplir sus resoluciones - obligatorias – que le exigían poner fin a actuaciones contrarias al derecho de gentes, en particular el derecho humanitario. Se volverá sobre el tema.      

 

2.         El imperio del idioma

 

Quienes tengan dudas sobre el papel de un idioma como medio ideológico y de poder político, no tienen sino que asistir a los diversos organismos y actividades de la ONU para disiparlas.

 

            Pese a ser seis los idiomas oficiales y tres los de trabajo[6] en cualquier instancia o reunión, poco a poco pero de manera palpable, el inglés se erige como única lengua en el sistema de las Naciones Unidas. En efecto, si los documentos de trabajo salían al menos en inglés, francés y español ya es común encontrar muchos en la sola lengua sajona. Lo mismo pasa con los servicios de interpretación, aunque en el plenario continúa haciéndose en todos, no así en las reuniones y encuentros paralelos complementarios al trabajo de la CDH: este año se eliminó la interpretación -antes usual en francés y español-, de los encuentros con expertos, relatores especiales, presidentes de Grupos de Trabajo e, inclusive, con el presidente mismo de la Comisión[7].

 

            Quienes hayan seguido de cerca el último decenio de las Naciones Unidas podrán constatar que el uso mayoritario –casi indispensable- del inglés es directamente proporcional al papel hegemónico que han ido asumiendo los Estados Unidos de América; asimismo que su déficit financiero coincide con el impago de los aportes de la potencia norteamericana, deuda que hoy se eleva a la descomunal cifra de más de dos mil millones de dólares.

 

No deja de ser paradójico que las presiones para recortar el gasto de la administración de la ONU,  provengan del mismo Estado que más le debe, siendo además el mismo que  promueve la escalada bélica en el mundo, aumenta su presupuesto militar y viola el derecho internacional público mediante invasiones a otros Estados, utilizando la cobertura de organismos multilaterales como la OTAN y la misma ONU,  bajo cualquier pretexto: injerencia humanitaria, combate contra el  terrorismo, restablecimiento de la democracia, etc. La paradoja no termina ahí: luego de una operación bélica, demanda el envío de  misiones de las Naciones Unidas para reponer lo descompuesto, lo que supone desde luego más gastos adicionales en detrimento de los objetivos fundamentales de la institución mundial: el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y, por ende, la preservación de los derechos humanos.

 

Volviendo al idioma, sin desconocer la importancia del conocimiento de otras lenguas distintas de la  materna, a los pueblos no anglófonos se les pone un nuevo inconveniente: aprender el inglés, un privilegio para las elites en los países subdesarrollados, puesto que el costo de aprendizaje de lenguas extranjeras, dentro como fuera del respectivo país es muy elevado. En otras palabras, a la falta de oportunidades para acceder al derecho a la educación, se agrega ahora la imposibilidad real de expresarse en el idioma universal, el del imperio. Es como si se tratase de otro analfabetismo, pues a veces, tiene mayor valor la lengua que las ideas. Es decir que la democracia informativa pierde puntos en el seno de la CDH.

 

B.        Algunos aspectos sustantivos de la CDH

 

Tres temas sustantivos en el trabajo de promoción y protección de los derechos humanos de este foro universal nos llaman la atención: uno, la distancia entre el programa de trabajo en sí y la realidad diaria del mundo; otro, las decisiones y el concepto de democracia en la CDH y el tercero, citado y no abordado en el plenario: el terrorismo.

 

1.         El orden del día de la CDH y la realidad de los pueblos

 

No se cuestiona aquí el orden del día adoptado por la CDH, se trata de notar cómo de hecho lo habitual en cada período de sesiones es que sean, con escasas excepciones, los mismos temas los que merecen la atención y mayor tiempo de debate mientras en apartados rincones de la tierra el disfrute de los derechos y libertades fundamentales no pasan de ser una quimera para muchos pueblos, cuando no ser totalmente desconocidos tanto en teoría como en la práctica.

 

Los mismos Estados puestos en la picota pública – Afganistán, Burundi, Chipre, Cuba, Irán, Irak, Sudán, Myanmar y otros pocos-, los mismos territorios ocupados, las mismas catilinarias de los gobiernos denunciando como replicando –India y Pakistán por Cachemira, Grecia y Turquía por Chipre, etc.- y el mismo discurso de los delegados estatales –presidentes, vicepresidentes, primeros ministros, ministros-, sobre los progresos en el Estado del orador de turno, van dejando en el observador desprevenido la sensación de que de verdad se progresa en todas partes, o no pasa nada más en otros lugares de la tierra, o si pasa algo no tiene  importancia como para entrar en el recinto de la CDH.

 

Sólo tres ejemplos de nuestro continente.

 

Mientras transcurría la CDH –marzo-abril – los indígenas de Bolivia enfrentaban la dura represión de su gobierno en su afán de extinguir los cultivos de coca, de paso su cultura milenaria, cumplimiento así las imposiciones de los Estados Unidos, como si las voluminosas ganancias de la fabricación y tráfico de cocaína fueran a las manos de los campesinos indígenas de un pueblo azotado y agobiado por la miseria.

 

Con la excepción del presidente saliente de la Comisión, Leandro Despouy, en su discurso de despedida e instalación del período, nadie habló, y menos aún propuso un debate a fondo, sobre la grave crisis económica y social que vive el pueblo de Argentina por el despojo, sin más, de su patrimonio, dejando a millones de personas en la ruina. Situación provocada por la conjunción de causas internas, como la corrupción política, y externa, como las recetas del FMI que presiona el pago de la deuda externa monumental y el acoso y expolio de las empresas transnacionales sobre el país austral.

 

Es como si estas dos situaciones paradigmáticas de la realidad no tuvieran nada que ver con los derechos humanos, en especial los económicos, sociales y culturales, al desarrollo humano y a un ambiente sano.

 

Qué decir de Guatemala. Pareciera que el Acuerdo de Paz, Firme y Duradera firmado por el gobierno y la URNG (1996) hubiera subsanado de un plumazo la grave situación que en materia de derechos humanos vive dicho país. Violaciones de derechos individuales y colectivos y  el fenómeno de la impunidad, verdadero lastre para el pueblo guatemalteco, han dejado de ser materia de preocupación de la comunidad internacional reunida en la CDH. Quienes conocemos de cerca el drama de ese pueblo, víctima de tantos vejámenes y violaciones en el pasado y el presente, sabemos que merece sin dilación que se le haga justicia por parte de la comunidad internacional.

 

Estos tres ejemplos comparados con los casos de los Estados que soportan la férula o se hallan en la mira de los Estados Unidos, no hacen sino confirmar lo que con tanta frecuencia se expresa en la CDH: la existencia del doble rasero o ley de los dos pesos, dos medidas para valorar y decidir sobre la problemática mundial de los derechos humanos.

 

2.         El consenso, las votaciones y la democracia

 

A riesgo de equivocarme, este aspecto de la CDH lo incluyo como sustantivo y no como procedimiento, como quiera que se trata de las decisiones que la Comisión adopta después de la presentación de informes y los debates sobre cada tema de su programa.

 

La palabra consenso se ha convertido en fin y no medio en las soluciones de los asuntos que aboca la Comisión. Es como si fuese la única demostración de colaboración de parte de un Estado miembro, pues evita así recurrir a votación. Sin embargo, en nuestra opinión, el consenso no siempre es sinónimo de democracia o de cooperación. En muchos casos un Estado, por lo general sin peso en el concierto internacional, deja de lado un principio político o de derecho para que el consenso no se rompa; pero también ocurre lo contrario, que una potencia dilata, paraliza o impide una decisión por no someterse a un consenso, constituyendo un verdadero veto en el asunto sometido a decisión y que puede ser vital para la resolución de un conflicto.

 

Si los mismos gobiernos reclaman en éste y otros escenarios votaciones libres como máxima expresión de la democracia, no vemos por qué no puedan ser sometidos a votación muchos de los proyectos que reclaman celeridad en su decisión. Como bien lo dijera el Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica en su intervención desde la tribuna en este período de la CDH, en cuestiones importantes y urgentes no es necesario esperar hasta que se logre un consenso para decidir: existe el recurso democrático de la votación, quienes pierdan en esa contienda, deberán plegarse a la voluntad de las mayorías. Esa es la democracia que tanto se reclama desde Occidente.

 

Además, la democracia más que una decisión de las mayorías debe ser para las mayorías, en este caso la mayoría de la población mundial, agobiada por la insatisfacción de sus necesidades básicas, de problemas que no dan espera y exigen una solución si no inmediata sí pronta. 

 

En la CDH sucede con alguna frecuencia la postergación de un asunto, sea en su estudio, sea en su resolución, a veces urgente, como fue el caso del debate especial sobre el terrorismo, aplazado para oportunidad más propicia, quizá cuando otros fenómenos políticos, económicos o sociales lo hayan opacado.

 

3.         El tema de moda: el terrorismo

 

Como era de esperarse, y a nadie iba a sorprender, el tema de moda este año sería el terrorismo, como consecuencia de los ataques del 11 de septiembre de 2001 a los centros neurálgicos de los Estados Unidos.  Estados grandes y chicos, poderosos y débiles, ninguno iba perder la oportunidad para justificar su hegemonía, o ventilar sus problemas de seguridad internos, o para ocultar sus propias responsabilidades sobre violaciones o falta de compromiso con los derechos humanos y, lo que es más delicado aún, desentenderse del estado de derecho y la observancia de las normas rectoras de los derechos interno e internacional.

 

            Fue la gran oportunidad, por ejemplo, del gobierno conservador español de utilizar la presidencia de la Unión Europea como caja de resonancia para hacerle creer a la comunidad internacional que el único mal de España es el terrorismo, y de vender la idea de volver a los delitos de opinión –no otra cosa parece ser su proyecto de ley de los partidos, pretendiendo eliminar  uno partido del País Vasco, con representación en ayuntamientos y diputaciones obtenidas en las urnas-, para salvar la democracia. En síntesis, según el gobierno español, los problemas de la cooperación y el desarrollo internacional empiezan por eliminar el terrorismo y todo lo que pueda parecérsele.

 

Qué decir de Israel, sin otro argumento en sus  peroratas que la mención de la inmolación de los desesperados jóvenes palestinos ante la barbarie y la frialdad del ocupante.

 

            Pero el tema podía ser arma de doble filo, un boomerang para los cruzados que hacen el bien y combaten el mal. De ahí que no fuera extraño la suspensión del debate especial sobre el terrorismo, mejor sobre terrorismos, pues tampoco hubiese sido extraño que en él se hubieran confundido, y refundido, los actos de los terroristas con los bombardeos indiscriminados, Guantánamo y sus prisioneros y las medidas de facto de los Estados Unidos y sus aliados.

 

Asuntos tan espinosos aconsejaron quizá no entrar al fondo de los mismos.

 

            Sin embargo, tal decisión no oculta las observaciones pertinentes y procedentes de varios expertos independientes, relatores y representantes especiales que, en sus respectivos informes, dejaron constancia de acciones estatales que bajo la excusa del combate al terrorismo desbordan o ponen en peligro la legalidad y el estado de derecho. 

 

            Sean, pues, los expertos de las Naciones Unidas con sus atinadas y serias observaciones y recomendaciones quienes me releven de los comentarios.

 

            La señora Hina Jilani, Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, en su Informe a la CDH expresa:

 

“95. [...] la Representante Especial desea recalcar que, a la luz de los ataques terroristas perpetrados en los Estados Unidos el 11 de septiembre 2001 (sic), es profundamente consciente y reconoce la necesidad y la obligación de la comunidad internacional y de los gobiernos de todo el mundo de adoptar medidas y restablecer y mantener la confianza pública en la seguridad nacional e internacional. Dicho esto, la Representante Especial desearía hacer hincapié en lo que a su juicio es una necesidad igualmente primordial, a saber, la observancia por los Estados de los principios de derechos humanos y las normas establecidas por los instrumentos jurídicos  y normativos en la esfera de los derechos humanos. Los culpables de actos de terrorismo deben ser capturados y enjuiciados únicamente de conformidad con normas judiciales equitativas internacionalmente reconocidas ...

 

“96. [...] ha recibido información que la ha llevado a la conclusión de que existe un peligro real de que, a raíz de los ataques terroristas del 11 de septiembre 2001 (sic), algunos gobiernos puedan acogerse a la guerra mundial contra el terrorismo como pretexto para violar los derechos humanos y reprimir a los defensores de los derechos humanos.

 

“97. Existe el peligro a nivel mundial de que, so pretexto de la lucha contra el terrorismo, algunos gobiernos aumenten sus esfuerzos por acallar el disentimiento pacífico y suprimir a la oposición. En el clima actual, quienes cuestionan la legitimidad de algunas de las supuestas medidas antiterroristas posteriores al 11 de septiembre, o toda persona que no encaje socialmente, trátese de refugiados, de solicitantes de asilo, de miembros de minorías religiosas o de otra índole, o sencillamente personas que viven al margen de la sociedad, pueden ser acusados de terroristas o acabar atrapados en una red de represión y violencia.

 

“100. De hecho, algunos gobiernos se están dando carta blanca respecto de la magnitud y el alcance de su pretendida respuesta a los ataques del 11 de septiembre 2001 (sic). Por ejemplo, en los Estados Unidos, como ya ha lamentado el Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados el 16 de septiembre de 2001, el ejecutivo puede disponer actualmente el juicio de no ciudadanos ante comisiones militares establecidas de tal manera que se compromete gravemente los derechos humanos y el imperio de la ley. En el Reino Unido puede detenerse actualmente a los extranjeros por tiempo indefinido y sin juicio.

 

“101. Pese a que hasta ahora la comunidad internacional no ha podido ponerse de acuerdo en una definición común sobre terrorismo, algunos gobiernos están oportunamente condescendiendo en aceptar sin críticas la calificación de terrorismo incluso para actos de disidencia pacífica. En este contexto, en su declaración a la Tercera Comisión de la Asamblea General el 6 de noviembre de 2001, la Alta Comisionada advirtió de que a raíz de los ataques del 11 de septiembre se estaban equiparando actividades pacíficas con terrorismo; se estaban socavando, limitando o suprimiendo sin más el goce y el ejercicio legítimos del derecho a la vida privada y a la vida familiar, el derecho a un juicio con las debidas garantías, el derecho de asilo, el derecho a la participación política, y las libertades de expresión y de asociación pacifica.

 

“102. El medio ambiente político mundial después del 11 de septiembre se ha tornado especialmente peligroso para quienes defienden uno de los derechos más fundamentales de todos: el derecho de libre determinación de los pueblos. El derecho inalienable de los pueblos a la libre determinación es una piedra angular de la normativa de los derechos humanos, amén de fundamento de uno de los propósitos principales de las Naciones Unidas, a saber, ‘fomentar entre las naciones relaciones de amistad’ (párrafo 2 del Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas). La libre determinación figura no sólo en el Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas, sino también en el artículo primero de ambos Pactos Internacionales.

 

“107. [...] como señalaron unos 17 expertos independientes de la Comisión de Derechos Humanos en su declaratoria de 10 de diciembre de 2001 para conmemorar el Día de los Derechos Humanos, se ha puesto la mira en los defensores de los derechos humanos y en otros grupos, que se han convertido en víctimas de violaciones de los derechos humanos como consecuencia de la adopción o de la intención de adoptar leyes antiterroristas y de seguridad nacional y otras medidas que podrían violar los derechos humanos y las libertades fundamentales. En este contexto, es más necesario que nunca que los Estados respondan a los ataques del 11 de septiembre 2001 (sic) en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación y que busquen un equilibrio entre la protección de la seguridad nacional e internacional y la defensa de los derechos humanos”[8]

 

            Por su parte, el señor Param Cumaraswamy, Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, en dos apartes de su Informe anota:

 

“28. Habida cuenta de la resolución 2001/37 de la Comisión y de las consecuencias de los ataques terroristas perpetrados en los Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001, el Relator Especial prestará gran atención a los efectos que puedan tener las medidas que adopten los gobiernos sobre el respeto del estado de derecho y la correcta administración de la justicia. En este contexto, el Relator Especial desea hacer hincapié en que, incluso durante un estado de emergencia, debe respetarse el estado de derecho, no haber detenciones prolongadas sin juicio, y todos los detenidos han de tener acceso a representación jurídica y el derecho a que un tribunal independiente examine la legitimidad de su detención.

 

“38. Al Relator Especial le inquieta el posible efecto de las medidas antiterroristas adoptadas por muchos países sobre el estado de derecho y la independencia del poder judicial”[9]

 

 

C.        A modo de conclusión

 

Como se dijo al principio, en manera alguna se pretende agotar el tema de CDH, como tampoco erigirse el autor de estos comentarios en juzgador de su actividad. Las conclusiones también sólo intentan despejar los interrogantes que intitulan el presente artículo.  

 

No obstante el voluminoso trabajo de la CDH, sintetizado este año en la adopción de más de cien resoluciones sobre los más diversos tópicos y situaciones, entre las cuales destacan la que aprueba el protocolo facultativo a la Convención contra la Tortura y otra sobre Palestina,  creo que:

 

Primero, el Derecho Internacional Público, en particular las normas relativas a los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario, previstas y consagradas en la más variada gama de declaraciones, pactos, convenciones, resoluciones, principios, directivas, informes y recomendaciones, unas de carácter obligatorio para los Estados Partes en las mismas, otras no, siguen siendo letra muerta en gran cantidad de ocasiones y acontecimientos que afectan negativamente el ejercicio y disfrute de las facultades y garantías reconocidas en ellas, si no es que su promulgación obdece a intereses parciales y no universales.

 

El caso Palestina es paradigmático: mientras la CDH lo debatía y el Consejo de Seguridad adoptaba sendas resoluciones (1402 y 1403) sobre el mismo asunto, exigiendo la retirada inmediata de Israel de Palestina, la potencia ocupante no se inmutaba por estas medidas y continuaba su acción agresora ante la contemplación de la mayoría de los Estados que esperaban que la potencia hegemónica y valedora de la agresora indicara qué dirección tomar. A tal extremo se llegó que la delegación de Guatemala expresó que no era necesario que la CDH le dedicara tanto tiempo al tema pues éste ya era abordado por el Consejo de Seguridad. Es decir la sangría observada en vivo y en directo por la televisión no le concernía a la CDH, según esta representación oficial de un Estado miembro de  ésta.

 

En esas condiciones ¿puede tenerse la certeza de que las normas de derecho internacional público son garantía para todos los pueblos? De verdad creo que no. Pese a los esfuerzos, lejos está la humanidad de sentirse regida en el campo internacional por el derecho y no por la fuerza que impone el poder económico, político y militar de una minoría de Estados. Esta creencia se refuerza con la decisión de la administración Bush de sustraer a Estados Unidos de la Corte Penal Internacional y, lo más grave, de no cooperar con la misma.   

 

            En otras palabras, el sistema de las Naciones Unidas sin mecanismos y procedimientos con capacidad coercitiva para hacer cumplir sus decisiones, no hará progresos reales –los hará seguramente de carácter teórico-jurídicos-, respecto de los derechos humanos que, en términos reales significa dejar sin cobertura a tres cuartas partes de la humanidad que viven sin satisfacer siquiera los fundamentales y, que por consiguiente, seguirán sobreviviendo en condiciones paupérrimas e indignas.

 

Segunda, con frecuencia se escucha en el recinto de deliberaciones de la CDH que a ésta se la ha politizado, para expresar con ello su frecuente utilización con fines políticos distintos a los de su competencia. En este punto, soy de la opinión que tal afirmación es incorrecta o, al menos, impropia. Si la CDH es una asamblea de Estados, es decir de los entes político-jurídicos por excelencia y, además, está instituida para adoptar políticas en un campo específico, los derechos humanos, mal puede considerársele con otro carácter –exclusivamente jurídico o técnico, por ejemplo.

 

Diferente es que la CDH ha sido utilizada para propósitos políticos de otra índole, como instrumento de desestabilización de X o Y gobierno o régimen, para presionar o chantajear a otros Estados para que adhieran o no, según el caso, a ciertas causas, declaraciones, en éste  u otros organismos, instancias o eventos y en asuntos ajenos a la temática de los derechos humanos.

 

Fue el caso, una vez más, de las presiones evidentes de los Estados Unidos sobre los Estados de América Latina miembros de la CDH para que presentaran, patrocinaran y votaran un proyecto de resolución contra la República de Cuba, ante la deserción este año de la República Checa que en los últimos tres períodos había servido a este interés de la potencia del norte. No se trata de una suposición o una suspicacia de quien escribe. Para nadie fue un secreto el propósito del viaje del presidente George W. Bush a varios países de la región: hacer el encargo, como tampoco lo fue que sólo en el último momento se encontrara al desinteresado gobierno que llevaría a cabo la misión: Uruguay.

 

Si se quieren más pruebas sobre la postura servil de los gobiernos –que no de los pueblos- de los Estados latinoamericanos miembros que votaron contra el Estado vecino, fue el hecho de que los cuerpos legislativos de Argentina y Perú, por ejemplo, aprobaron pedirle a sus respectivos gobiernos de no respaldar tal medida impositiva, algo que desoyeron desde luego por sumisión a las órdenes del Norte.

 

Si no fuera porque se trata de un tema tan serio, como es el de los derechos humanos, mucha chacota saldría de este asunto; sin embargo, es perentorio preguntar a algunos de los gobiernos que tomaron la decisión ordenada por Estados Unidos ¿de qué autoridad ética, jurídica y política se revistieron para ello? ¿Pueden los gobernantes actuales de Argentina, Chile, Guatemala, México, Perú y Uruguay levantar la frente existiendo una responsabilidad estatal por las miles de ejecuciones sumarias y arbitrarias, de desapariciones forzadas, torturas, amparadas en impunidad vergonzosa y del enriquecimiento ilícito de unos pocos en detrimento de los derechos económicos y sociales de millones de sus compatriotas?

 

Esa instrumentación con fines políticos hegemónicos de la CDH le resta respetabilidad, seriedad, ecuanimidad y universalidad a este organismo que, junto al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, constituye el más alto referente en cuanto a promoción y protección de los derechos humanos en el mundo.

 

 No puedo terminar sin plasmar otra inquietud: ¿se benefician en realidad los pueblos del mundo de toda la literatura y decisiones que se discuten y toman en el seno de la CDH, sea por divulgación masiva que hacen sus gobiernos y/o por medio de las ONG?

 

 

D.        ANEXO

 

 

Actividades de la AAJ en el 58° período de sesiones de la CDH de las Naciones Unidas

 

Este, como en los años precedentes, la AAJ se hizo presente en la CDH interviniendo en sus debates y en algunas de las actividades que de forma  paralela se realizan en torno a su trabajo; de manera especial en los temas relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo, analizando y denunciando los atentados contra el disfrute de estos derechos producidos por las empresas transnacionales, la deuda externa y las políticas impositivas del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y la Organización Mundial de Comercio, entre otros.

 

            Estas actividades se resumen en:

 

1.         Intervenciones orales[10]

 

Como el reglamento de la CDH limita a máximo seis intervenciones orales por ONG, la AAJ hizo uso de su derecho en:

 

a.         Derecho a la libre determinación de los pueblos: (Tema 5 del orden del día), en relación con Puerto Rico, en particular de la isla de Vieques convertida en práctica de tiro de la marina de guerra de los Estados Unidos.

 

b.         Derecho al Desarrollo: (Tema 7), aludiendo a la Cumbre de Monterrey (21 y 22.03.02), y haciendo observaciones al Cuarto Informe del Experto de la CDH en la materia.

 

c.         Cuestión de la violación de los derechos humanos en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina: (Tema 8), denunciando el incumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad y las graves violaciones a los Convenios de Ginebra (Derecho Humanitario) por parte de Israel.

 

d.         Cuestión de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo: (Tema 9), se denunció la grave situación de Colombia y la violación masiva de los derechos fundamentales del pueblo cubano con el bloqueo de Estados Unidos, impropiamente llamado embargo en éste como en otros foros de la ONU.

 

e.         Derechos Económicos, Sociales y Culturales: (Tema 10), se expuso de manera sintética las conclusiones sobre el juicio a la deuda externa que se hizo en el pasado Foro Social de Puerto Alegre, y en el cual la AAJ hizo de acusador.

 

f.          Derechos Civiles y Políticos, en particular la detención arbitraria: (Tema 11.a), sobre las condiciones de los detenidos en las cárceles de Perú; y (11.b), Derechos Civiles y Políticos, en particular las cuestiones relacionadas con las desapariciones forzadas y las ejecuciones sumarias, sobre los desaparecidos del Sáhara Occidental.

 

2..        Exposiciones presentadas por escrito

 

La AAJ presentó dos escritos conjuntamente con el Centro Europa Tercer Mundo, CETIM: el E/CN/2002/NGO/092 sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Los atentados a la libertad sindical como obstáculo al ejercicio del derecho al trabajo.  Un caso tipo: Colombia; y el E/CN/2002/NGO/093 sobre Derechos de los pueblos indígenas de México. 

 

3.         Actividades paralelas en el marco de la CDH

 

a.         Conferencia – debate Leyes antiterroristas en Europa y guerra de los USA contra el terrorismo: consecuencias para los derechos humanos (3 de abril, Palacio de las Naciones -13h a 15h- y Universidad de Ginebra -20h- ) Organización conjunta con CETIM, International Educational Development, LIDLIP, Nord Surd XXI y WILPF.

 

Expositores: Nuri Albala, abogado, Presidente de The international Commission “Fundamental Rights and Globalización”; Antoine Comte, abogado; Karen Parker, Representante ante la ONU de Internacional Educational Development.

 

Moderador: Alejandro Teitelbaum, Representante permanente ante la ONU de la AAJ.

 

b.         Conferencia – debate Proceso de paz y derechos Humanos en Colombia (17 de abril, Sala Mahatma Gandhi de la Maison des Associations socio-politiques de Ginebra.

 

Organización conjunta con OMCT, LIDLIP, CETIM, CODEHUCA, Federación Mundial de la Juventud, Federación Sindical Mundial, WILPF, NADAS-Suiza, Grupo Solidaridad Guatemala, Asociación Nicaragua- El Salvador, Memoria Viva, Colectivo Simón Bolivar, Parti du Travail y SolidaritéS.

 

Expositores: Jean-Pierre Gontard, Director Adjunto del Instituto Universitario de Estudios sobre el Desarrollo de Ginebra; Gustavo Gallón, Director de la Comisión Colombiana de Juristas y Juan Antonio Rojas, de la oposición armada de Colombia.

 

Moderador:  Eric Sottas, Director de la OMCT.

 

c.         Conferencia – debate ¿Qué derechos para los pueblos indígenas de México? (17 de abril,  Palacio de las Naciones). Organización conjunta con LIDLIP, CETIM y Nord Sud XXI.

 

Expositor: Juan Chávez Alonzo, representante del pueblo P’urécha de Nurío, Estado de Michoacán y miembro del Congreso Nacional Indígena de México.

 

Moderador: Jairo Sánchez, de la AAJ

 

d.         Conferencia – debate Terrorismo de Estado y Guerra en Colombia (11 de abril, Universidad de Ginebra). Organización del Colectivo Simón Bolívar y ANDAS-Suiza y apoyo de la AAJ, CETIM, LIDLIP, Librería Albatros, entre otros.

 

Expositores: Juan Camilo Acevedo, de ANDAS Colombia; Agustín Jiménez, del Colectivo de Solidaridad con los Presos Políticos de Colombia, y Gladys Avila, de ASFADES, Colombia.

 

Moderadora: Manuela Clavijo, de Nord Sud XXI

 

 

 

ÓJairo Sánchez

Jurista Colombiano, miembro de la delegación de la AAJ ente la CDH de las Naciones Unidas

 

Ginebra, mayo de 2002

 

 

 



[1] La CDH está compuesta por 53 Estados, correspondiendo su constitución a la división geográfica establecida en la ONU de cinco grupos regionales: El grupo Occidental –Europa occidental, Estados Unidos, Canadá, Japón, Australia y Nueva Zelanda; el GRULAC –América Latina y el Caribe-; el Grupo Africano; el Grupo Asiático; y el Grupo de Europa del Este –antiguo bloque socialista.

[2] Por primera vez sesionaba la CDH sin los Estados Unidos como uno de sus miembros. No se puede pasar por alto, además, que el Estado imperial tiene el control de la adjudicación de partidas del presupuesto a través del Secretario General Adjunto de Administración y Gestión, señor Joseph E. Connor, antiguo patrón –hasta 1993- de la Consultora internacional Price Waterhouse, quien ocupa dicho cargo desde 1994.

[3] Cuestión de las graves violaciones a los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo.

[4] Hasta hace unos años las ONG tenían diez minutos para intervenir en cada tema, pudiéndolo hacer en todos si lo querían, hoy también se la limita a seis intervenciones orales por ONG en un período de sesiones.

[5] La Mesa de la CDH decidió juntar en un solo debate los temas 12 y 13 –derechos de la mujer y del niño respectivamente-, el 14 y 15 –Grupos e individuos específicos y cuestiones indígenas-; 16, 17, 18, 19, 20 y 3 –Informe de la Subcomisión de Promoción y Protección de Derechos Humanos, Promoción y protección de los derechos humanos, Efectivo funcionamiento de los mecanismos de derechos humanos, Servicios de asesoría y cooperación técnica en el campo de los derechos humanos, y Organización de los trabajos del período de sesiones. En éste último se encuentra el espinoso tema sobre Colombia.

[6] El árabe, el chino, el español, el francés, el inglés y el ruso. El inglés, el francés y el español son los de trabajo.

[7] En este 58° período de sesiones hubo dos encuentros del Presidente de la CDH con las ONG para explicar las razones que se tuvieron para recortar tan drásticamente el tiempo. A decir verdad, no eran necesarias pues de ellas no salió un acuerdo porque no hubo diálogo en el sentido estricto: palabras del presidente, dos o tres preguntas de algunos delegados no gubernamentales y nada más.

[8] Doc. E/CN.4/2002/106 de 27 de febrero de 2002

[9] Doc. E/CN.4/2002/72 de 11 de febrero de 2002

[10] Estas intervenciones pueden ser consultadas en sitio internet de la AAJ: www.aaj.org.br