A
propósito del 58° período de sesiones
¿Hacia dónde va, para qué y a quién sirve la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas?
Sus debates y decisiones, y aun los procedimientos, parecen alejarse del mandato que le ha sido encomendado, la promoción y protección de los derechos humanos, para servir a otros intereses.
Desde hace una década asisto a la Comisión de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), en calidad de observador de la
Asociación Americana de Juristas (AAJ). En este caso, y en cada nuevo período
de sesiones tengo la sensación de estar asistiendo a uno que ya pasó, o de no
estar en el foro de la importancia que tiene la Comisión en la escala
jerárquica del organismo mundial, como lo pensé la primera vez que estuve en
ella.
En
efecto, año tras año confirmo mis dudas y aumentan mis frustraciones aunque me
sirvan para comprender mejor por qué la mayoría de los problemas de derechos
humanos no tienen solución en su seno.
Los comentarios que se hacen aquí no corresponden sólo a las sesiones de este
año, son más bien una síntesis de un decenio
observando su funcionamiento.
La crítica no me impide reconocer los
aspectos positivos: excelentes documentos sobre una extensa gama de temas de
gran interés, en especial algunos informes que, por la calidad humana e
intelectual de su autor –relator, experto, presidente de Grupo de Trabajo,
etc.- o por la seriedad y consagración en la elaboración del encargo, u otros
de instituciones intergubernamentales y no gubernamentales, son de gran valor y
obligada lectura para los militantes, activistas y/o profesionales de los
derechos humanos, como para cualquiera persona interesada por los problemas que
agobian a la mayor parte de la humanidad.
En
un intento por presentarlo en el mejor orden posible, divido el documento en
cuatro subtítulos: el primero, observaciones sobre las formas y procedimientos
de la CDH; el segundo, relativo a algunos aspectos sustantivos de la
misma; el tercero, a modo de conclusión;
y el cuarto, un anexo sobre la presencia de la AAJ en este foro mundial.
A. Aspectos formales y procedimientos de la CDH
Sin profundizar en el reglamento interno de la CDH,
existen normas en cuanto a la participación de los delegados de los Estados
miembros[1],
los Estados observadores, los organismos intergubernamentales –del sistema de
la ONU y otros- y de las ONG.
1. El tiempo para intervenciones orales
Este año, por presiones de los Estados Unidos[2],
según rumores y comentarios que circularon durante el período de sesiones, la
Secretaría General de la ONU prohibió desde la segunda semana trabajar después
de las 6 p.m., como era usual a medida que el orden del día se retrasaba por
las dificultades para evacuar algunos sus temas. La razón esgrimida por Nueva
York y transmitida por el Presidente de la CDH, señor Krzysztof Jakubowski
–Polonia- al pleno fue el déficit
presupuestario de la ONU que no permitía la prestación extra de los servicios
técnicos indispensables para llevar a cabo el trabajo, en especial, el servicio
de interpretación.
En
esas condiciones, la Mesa de la CDH aprobó como primera medida - con carácter
excepcional y sólo para este período de sesiones-, reducir el tiempo de todas
las intervenciones un 30% del correspondiente a cada uno. Así, a partir del
tema 9 de la Agenda[3] -segunda
semana- los diez minutos para los Estados miembros se redujeron a siete, los
siete para los Estados observadores a cinco y los cinco para las ONG a tres y
medio. Mas las restricciones no pararon ahí: en el debate de los últimos temas
las intervenciones de las ONG se redujo a lo mínimo: un minuto cuarenta y cinco
segundos; pero lo extremo fue cuando no se permitió la participación de las ONG
-caso del debate especial sobre Palestina-, o se recortó la lista de las mismas
en otros[4].
Si
bien la cantidad de ONG ha aumentado por laxitud en la concesión del estatuto
consultivo -algunas conformadas por una sola persona-, o por la política
adoptada por ciertos Estados de utilizarlas como instrumento para atacar a otro
en relación a un contencioso, o enemistad política, religiosa o de otra índole,
propiciando los medios para su creación, el número de ellas se ha incrementado
a tal punto que el recinto de sesiones se hace cada día más pequeño, con las
consecuencias previsibles: ruido, desorden y disputas por una silla por los
observadores no gubernamentales, etc.
Las limitaciones excesivas en estas
sesiones causó perjuicio a muchas personas que llegando desde lejos, algunas en
condiciones económicas precarias, para denunciar graves violaciones de los
derechos humanos en lugares olvidados de los centros de poder económico y
político, tuvieron que regresar sin haber logrado su propósito. También para
los expertos y relatores especiales, pues, en cinco minutos, tiempo que se les
concedió para la presentación oral de su informe, es insuficiente cuando son
temas densos o delicados.
Si lo anterior le restó altura a los
debates, otro tanto sucedió con la fusión –por la misma causa- de los temas
tratados en las dos últimas semanas de Comisión[5].
La interdependencia, universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos no
es razón convincente para refundirlos para su estudio. El vínculo entre los
derechos de la mujer y los del niño es evidente pero debatirlos al mismo tiempo
merma la atención que requiere cada uno. Esto llevó a muchas delegaciones,
oficiales y no oficiales, a modificar
sobre la marcha sus intervenciones preparadas con antelación para
adaptarlas a la nueva situación
generada.
La
dilación –para muchos deliberada- del debate del tema 8 -Los territorios árabes ocupados, incluida Palestina- y la de hacer o no un debate especial
sobre Palestina, no se justificaba en el seno del organismo. Más de ocho días
intentando no sé qué cuando el mundo veía estupefacto en directo por televisión
cómo una potencia ocupante se burlaba del Consejo de Seguridad, y del mundo,
negándose a cumplir sus resoluciones - obligatorias – que le exigían poner fin
a actuaciones contrarias al derecho de gentes, en particular el derecho
humanitario. Se volverá sobre el tema.
Quienes tengan dudas sobre el papel de un
idioma como medio ideológico y de poder político, no tienen sino que asistir a
los diversos organismos y actividades de la ONU para disiparlas.
Pese
a ser seis los idiomas oficiales y tres los de trabajo[6]
en cualquier instancia o reunión, poco a poco pero de manera palpable, el
inglés se erige como única lengua en el sistema de las Naciones Unidas. En
efecto, si los documentos de trabajo salían al menos en inglés, francés y
español ya es común encontrar muchos en la sola lengua sajona. Lo mismo pasa
con los servicios de interpretación, aunque en el plenario continúa haciéndose
en todos, no así en las reuniones y encuentros paralelos complementarios al
trabajo de la CDH: este año se eliminó la interpretación -antes usual en
francés y español-, de los encuentros con expertos, relatores especiales,
presidentes de Grupos de Trabajo e, inclusive, con el presidente mismo de la
Comisión[7].
Quienes
hayan seguido de cerca el último decenio de las Naciones Unidas podrán
constatar que el uso mayoritario –casi indispensable- del inglés es
directamente proporcional al papel hegemónico que han ido asumiendo los Estados
Unidos de América; asimismo que su déficit financiero coincide con el impago de
los aportes de la potencia norteamericana, deuda que hoy se eleva a la
descomunal cifra de más de dos mil millones de dólares.
No deja de ser paradójico que
las presiones para recortar el gasto de la administración de la ONU, provengan del mismo Estado que más le debe,
siendo además el mismo que promueve la
escalada bélica en el mundo, aumenta su presupuesto militar y viola el derecho
internacional público mediante invasiones a otros Estados, utilizando la cobertura
de organismos multilaterales como la OTAN y la misma ONU, bajo cualquier pretexto: injerencia
humanitaria, combate contra el
terrorismo, restablecimiento de la democracia, etc. La paradoja no
termina ahí: luego de una operación bélica, demanda el envío de misiones de las Naciones Unidas para reponer
lo descompuesto, lo que supone desde luego más gastos adicionales en detrimento
de los objetivos fundamentales de la institución mundial: el mantenimiento de
la paz y la seguridad internacionales y, por ende, la preservación de los
derechos humanos.
Volviendo al idioma, sin
desconocer la importancia del conocimiento de otras lenguas distintas de
la materna, a los pueblos no anglófonos
se les pone un nuevo inconveniente: aprender el inglés, un privilegio para las
elites en los países subdesarrollados, puesto que el costo de aprendizaje de
lenguas extranjeras, dentro como fuera del respectivo país es muy elevado. En
otras palabras, a la falta de oportunidades para acceder al derecho a la
educación, se agrega ahora la imposibilidad real de expresarse en el idioma
universal, el del imperio. Es como si se tratase de otro analfabetismo, pues a
veces, tiene mayor valor la lengua que las ideas. Es decir que la democracia
informativa pierde puntos en el seno de la CDH.
Tres temas sustantivos en el trabajo de
promoción y protección de los derechos humanos de este foro universal nos
llaman la atención: uno, la distancia entre el programa de trabajo en sí y la
realidad diaria del mundo; otro, las decisiones y el concepto de democracia en
la CDH y el tercero, citado y no abordado en el plenario: el terrorismo.
1. El orden del día de la CDH y la
realidad de los pueblos
No se cuestiona aquí el orden del día
adoptado por la CDH, se trata de notar cómo de hecho lo habitual en cada
período de sesiones es que sean, con escasas excepciones, los mismos temas los
que merecen la atención y mayor tiempo de debate mientras en apartados rincones
de la tierra el disfrute de los derechos y libertades fundamentales no pasan de
ser una quimera para muchos pueblos, cuando no ser totalmente desconocidos
tanto en teoría como en la práctica.
Los mismos Estados puestos en la
picota pública – Afganistán, Burundi, Chipre, Cuba, Irán, Irak, Sudán, Myanmar
y otros pocos-, los mismos territorios ocupados, las mismas catilinarias de los
gobiernos denunciando como replicando –India y Pakistán por Cachemira, Grecia y
Turquía por Chipre, etc.- y el mismo discurso de los delegados estatales
–presidentes, vicepresidentes, primeros ministros, ministros-, sobre los
progresos en el Estado del orador de turno, van dejando en el observador
desprevenido la sensación de que de verdad se progresa en todas partes, o no
pasa nada más en otros lugares de la tierra, o si pasa algo no tiene importancia como para entrar en el recinto
de la CDH.
Sólo tres ejemplos de nuestro
continente.
Mientras transcurría la CDH
–marzo-abril – los indígenas de Bolivia enfrentaban la dura represión de su
gobierno en su afán de extinguir los cultivos de coca, de paso su cultura milenaria,
cumplimiento así las imposiciones de los Estados Unidos, como si las
voluminosas ganancias de la fabricación y tráfico de cocaína fueran a las manos
de los campesinos indígenas de un pueblo azotado y agobiado por la miseria.
Con la excepción del presidente
saliente de la Comisión, Leandro Despouy, en su discurso de despedida e
instalación del período, nadie habló, y menos aún propuso un debate a fondo,
sobre la grave crisis económica y social que vive el pueblo de Argentina por el
despojo, sin más, de su patrimonio, dejando a millones de personas en la ruina.
Situación provocada por la conjunción de causas internas, como la corrupción
política, y externa, como las recetas del FMI que presiona el pago de la deuda
externa monumental y el acoso y expolio de las empresas transnacionales sobre
el país austral.
Es como si estas dos situaciones
paradigmáticas de la realidad no tuvieran nada que ver con los derechos
humanos, en especial los económicos, sociales y culturales, al desarrollo
humano y a un ambiente sano.
Qué decir de Guatemala.
Pareciera que el Acuerdo de Paz, Firme y Duradera firmado por el gobierno y la
URNG (1996) hubiera subsanado de un plumazo la grave situación que en materia
de derechos humanos vive dicho país. Violaciones de derechos individuales y
colectivos y el fenómeno de la
impunidad, verdadero lastre para el pueblo guatemalteco, han dejado de ser
materia de preocupación de la comunidad internacional reunida en la CDH.
Quienes conocemos de cerca el drama de ese pueblo, víctima de tantos vejámenes
y violaciones en el pasado y el presente, sabemos que merece sin dilación que
se le haga justicia por parte de la comunidad internacional.
Estos tres ejemplos comparados con los casos de los Estados que soportan la férula o se hallan en la mira de los Estados Unidos, no hacen sino confirmar lo que con tanta frecuencia se expresa en la CDH: la existencia del doble rasero o ley de los dos pesos, dos medidas para valorar y decidir sobre la problemática mundial de los derechos humanos.
2. El consenso, las votaciones y la
democracia
A riesgo de equivocarme, este aspecto de la
CDH lo incluyo como sustantivo y no como procedimiento, como quiera que se
trata de las decisiones que la Comisión adopta después de la presentación de
informes y los debates sobre cada tema de su programa.
La palabra consenso se ha convertido en fin y no medio en las soluciones de
los asuntos que aboca la Comisión. Es como si fuese la única demostración de
colaboración de parte de un Estado miembro, pues evita así recurrir a votación.
Sin embargo, en nuestra opinión, el consenso no siempre es sinónimo de
democracia o de cooperación. En muchos casos un Estado, por lo general sin peso
en el concierto internacional, deja de lado un principio político o de derecho
para que el consenso no se rompa; pero también ocurre lo contrario, que una
potencia dilata, paraliza o impide una decisión por no someterse a un consenso,
constituyendo un verdadero veto en el
asunto sometido a decisión y que puede ser vital para la resolución de un
conflicto.
Si los mismos gobiernos reclaman
en éste y otros escenarios votaciones libres como máxima expresión de la
democracia, no vemos por qué no puedan ser sometidos a votación muchos de los
proyectos que reclaman celeridad en su decisión. Como bien lo dijera el
Ministro de Relaciones Exteriores de Costa Rica en su intervención desde la
tribuna en este período de la CDH, en cuestiones importantes y urgentes no es
necesario esperar hasta que se logre un consenso para decidir: existe el
recurso democrático de la votación, quienes pierdan en esa contienda, deberán
plegarse a la voluntad de las mayorías. Esa es la democracia que tanto se
reclama desde Occidente.
Además, la democracia más que
una decisión de las mayorías debe ser para las mayorías, en este caso la
mayoría de la población mundial, agobiada por la insatisfacción de sus
necesidades básicas, de problemas que no dan espera y exigen una solución si no
inmediata sí pronta.
En la CDH sucede con alguna
frecuencia la postergación de un asunto, sea en su estudio, sea en su
resolución, a veces urgente, como fue el caso del debate especial sobre el terrorismo, aplazado para oportunidad más
propicia, quizá cuando otros fenómenos políticos, económicos o sociales lo
hayan opacado.
3. El
tema de moda: el terrorismo
Pero el tema podía ser arma de doble
filo, un boomerang para los cruzados que hacen el bien y combaten el
mal. De ahí que no fuera extraño la suspensión del debate especial sobre el
terrorismo, mejor sobre terrorismos, pues tampoco hubiese sido extraño que en
él se hubieran confundido, y refundido, los actos de los terroristas con los
bombardeos indiscriminados, Guantánamo y sus prisioneros y las medidas de facto
de los Estados Unidos y sus aliados.
Asuntos tan espinosos aconsejaron quizá no
entrar al fondo de los mismos.
Sin embargo, tal decisión no oculta
las observaciones pertinentes y procedentes de varios expertos independientes,
relatores y representantes especiales que, en sus respectivos informes, dejaron
constancia de acciones estatales que bajo la excusa del combate al terrorismo desbordan
o ponen en peligro la legalidad y el estado de derecho.
Sean,
pues, los expertos de las Naciones Unidas con sus atinadas y serias
observaciones y recomendaciones quienes me releven de los comentarios.
La
señora Hina Jilani, Representante Especial del Secretario General sobre la
cuestión de los defensores de los derechos humanos, en su Informe a la CDH
expresa:
“95. [...] la Representante
Especial desea recalcar que, a la luz de los ataques terroristas perpetrados en
los Estados Unidos el 11 de septiembre 2001 (sic), es profundamente consciente
y reconoce la necesidad y la obligación de la comunidad internacional y de los
gobiernos de todo el mundo de adoptar medidas y restablecer y mantener la
confianza pública en la seguridad nacional e internacional. Dicho esto, la
Representante Especial desearía hacer hincapié en lo que a su juicio es una
necesidad igualmente primordial, a saber, la observancia por los Estados de los
principios de derechos humanos y las normas establecidas por los instrumentos
jurídicos y normativos en la esfera de
los derechos humanos. Los culpables de actos de terrorismo deben ser capturados
y enjuiciados únicamente de conformidad con normas judiciales equitativas
internacionalmente reconocidas ...
“96. [...] ha recibido información
que la ha llevado a la conclusión de que existe un peligro real de que, a raíz
de los ataques terroristas del 11 de septiembre 2001 (sic), algunos gobiernos
puedan acogerse a la guerra mundial contra el terrorismo como pretexto para
violar los derechos humanos y reprimir a los defensores de los derechos
humanos.
“97. Existe el peligro a nivel
mundial de que, so pretexto de la lucha contra el terrorismo, algunos gobiernos
aumenten sus esfuerzos por acallar el disentimiento pacífico y suprimir a la
oposición. En el clima actual, quienes cuestionan la legitimidad de algunas de
las supuestas medidas antiterroristas posteriores al 11 de septiembre, o toda
persona que no encaje socialmente, trátese de refugiados, de solicitantes de
asilo, de miembros de minorías religiosas o de otra índole, o sencillamente
personas que viven al margen de la sociedad, pueden ser acusados de terroristas
o acabar atrapados en una red de represión y violencia.
“100. De hecho, algunos
gobiernos se están dando carta blanca respecto de la magnitud y el alcance de
su pretendida respuesta a los ataques del 11 de septiembre 2001 (sic). Por
ejemplo, en los Estados Unidos, como ya ha lamentado el Relator Especial sobre
la independencia de los magistrados y abogados el 16 de septiembre de 2001, el
ejecutivo puede disponer actualmente el juicio de no ciudadanos ante comisiones
militares establecidas de tal manera que se compromete gravemente los derechos
humanos y el imperio de la ley. En el Reino Unido puede detenerse actualmente a
los extranjeros por tiempo indefinido y sin juicio.
“101. Pese a que hasta ahora la
comunidad internacional no ha podido ponerse de acuerdo en una definición común
sobre terrorismo, algunos gobiernos están oportunamente condescendiendo en
aceptar sin críticas la calificación de terrorismo incluso para actos de
disidencia pacífica. En este contexto, en su declaración a la Tercera Comisión
de la Asamblea General el 6 de noviembre de 2001, la Alta Comisionada advirtió
de que a raíz de los ataques del 11 de septiembre se estaban equiparando
actividades pacíficas con terrorismo; se estaban socavando, limitando o
suprimiendo sin más el goce y el ejercicio legítimos del derecho a la vida
privada y a la vida familiar, el derecho a un juicio con las debidas garantías,
el derecho de asilo, el derecho a la participación política, y las libertades
de expresión y de asociación pacifica.
“102. El medio ambiente político
mundial después del 11 de septiembre se ha tornado especialmente peligroso para
quienes defienden uno de los derechos más fundamentales de todos: el derecho de
libre determinación de los pueblos. El derecho inalienable de los pueblos a la
libre determinación es una piedra angular de la normativa de los derechos
humanos, amén de fundamento de uno de los propósitos principales de las
Naciones Unidas, a saber, ‘fomentar entre las naciones relaciones de amistad’
(párrafo 2 del Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas). La libre
determinación figura no sólo en el Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas,
sino también en el artículo primero de ambos Pactos Internacionales.
“107. [...] como señalaron unos
17 expertos independientes de la Comisión de Derechos Humanos en su
declaratoria de 10 de diciembre de 2001 para conmemorar el Día de los Derechos
Humanos, se ha puesto la mira en los defensores de los derechos humanos y en
otros grupos, que se han convertido en víctimas de violaciones de los derechos
humanos como consecuencia de la adopción o de la intención de adoptar leyes
antiterroristas y de seguridad nacional y otras medidas que podrían violar los
derechos humanos y las libertades fundamentales. En este contexto, es más
necesario que nunca que los Estados respondan a los ataques del 11 de
septiembre 2001 (sic) en la medida estrictamente limitada a las exigencias de
la situación y que busquen un equilibrio entre la protección de la seguridad
nacional e internacional y la defensa de los derechos humanos”[8]
Por
su parte, el señor Param Cumaraswamy, Relator Especial sobre la independencia
de los magistrados y abogados, en dos apartes de su Informe anota:
“28. Habida cuenta
de la resolución 2001/37 de la Comisión y de las consecuencias de los ataques
terroristas perpetrados en los Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001, el
Relator Especial prestará gran atención a los efectos que puedan tener las
medidas que adopten los gobiernos sobre el respeto del estado de derecho y la
correcta administración de la justicia. En este contexto, el Relator Especial
desea hacer hincapié en que, incluso durante un estado de emergencia, debe
respetarse el estado de derecho, no haber detenciones prolongadas sin juicio, y
todos los detenidos han de tener acceso a representación jurídica y el derecho
a que un tribunal independiente examine la legitimidad de su detención.
“38. Al Relator
Especial le inquieta el posible efecto de las medidas antiterroristas adoptadas
por muchos países sobre el estado de derecho y la independencia del poder
judicial”[9]
Como se dijo al principio, en manera alguna
se pretende agotar el tema de CDH, como tampoco erigirse el autor de estos
comentarios en juzgador de su actividad. Las conclusiones también sólo intentan
despejar los interrogantes que intitulan el presente artículo.
No obstante el voluminoso
trabajo de la CDH, sintetizado este año en la adopción de más de cien
resoluciones sobre los más diversos tópicos y situaciones, entre las cuales
destacan la que aprueba el protocolo facultativo a la Convención contra la
Tortura y otra sobre Palestina, creo
que:
Primero, el Derecho
Internacional Público, en particular las normas relativas a los derechos
humanos y el Derecho Internacional Humanitario, previstas y consagradas en la
más variada gama de declaraciones, pactos, convenciones, resoluciones,
principios, directivas, informes y recomendaciones, unas de carácter
obligatorio para los Estados Partes en las mismas, otras no, siguen siendo
letra muerta en gran cantidad de ocasiones y acontecimientos que afectan
negativamente el ejercicio y disfrute de las facultades y garantías reconocidas
en ellas, si no es que su promulgación obdece a intereses parciales y no
universales.
El caso Palestina es
paradigmático: mientras la CDH lo debatía y el Consejo de Seguridad adoptaba
sendas resoluciones (1402 y 1403) sobre el mismo asunto, exigiendo la retirada
inmediata de Israel de Palestina, la potencia ocupante no se inmutaba por estas
medidas y continuaba su acción agresora ante la contemplación de la mayoría de
los Estados que esperaban que la potencia hegemónica y valedora de la agresora
indicara qué dirección tomar. A tal extremo se llegó que la delegación de
Guatemala expresó que no era necesario que la CDH le dedicara tanto tiempo al
tema pues éste ya era abordado por el Consejo de Seguridad. Es decir la sangría
observada en vivo y en directo por la televisión no le concernía a la CDH,
según esta representación oficial de un Estado miembro de ésta.
En esas condiciones ¿puede
tenerse la certeza de que las normas de derecho internacional público son
garantía para todos los pueblos? De verdad creo que no. Pese a los esfuerzos,
lejos está la humanidad de sentirse regida en el campo internacional por el
derecho y no por la fuerza que impone el poder económico, político y militar de
una minoría de Estados. Esta creencia se refuerza con la decisión de la
administración Bush de sustraer a Estados Unidos de la Corte Penal
Internacional y, lo más grave, de no cooperar con la misma.
En
otras palabras, el sistema de las Naciones Unidas sin mecanismos y
procedimientos con capacidad coercitiva para hacer cumplir sus decisiones, no
hará progresos reales –los hará seguramente de carácter teórico-jurídicos-,
respecto de los derechos humanos que, en términos reales significa dejar sin
cobertura a tres cuartas partes de la humanidad que viven sin satisfacer
siquiera los fundamentales y, que por consiguiente, seguirán sobreviviendo en
condiciones paupérrimas e indignas.
Segunda, con frecuencia se
escucha en el recinto de deliberaciones de la CDH que a ésta se la ha
politizado, para expresar con ello su frecuente utilización con fines políticos
distintos a los de su competencia. En este punto, soy de la opinión que tal
afirmación es incorrecta o, al menos, impropia. Si la CDH es una asamblea de
Estados, es decir de los entes político-jurídicos por excelencia y, además,
está instituida para adoptar políticas en un campo específico, los derechos
humanos, mal puede considerársele con otro carácter –exclusivamente jurídico o
técnico, por ejemplo.
Diferente es que la CDH ha sido
utilizada para propósitos políticos de otra índole, como instrumento de
desestabilización de X o Y gobierno o régimen, para presionar o chantajear a
otros Estados para que adhieran o no, según el caso, a ciertas causas,
declaraciones, en éste u otros
organismos, instancias o eventos y en asuntos ajenos a la temática de los
derechos humanos.
Fue el caso, una vez más, de las
presiones evidentes de los Estados Unidos sobre los Estados de América Latina
miembros de la CDH para que presentaran, patrocinaran y votaran un proyecto de
resolución contra la República de Cuba, ante la deserción este año de la
República Checa que en los últimos tres períodos había servido a este interés
de la potencia del norte. No se trata de una suposición o una suspicacia de
quien escribe. Para nadie fue un secreto el propósito del viaje del presidente
George W. Bush a varios países de la región: hacer el encargo, como tampoco lo
fue que sólo en el último momento se encontrara al desinteresado gobierno que llevaría a cabo la misión: Uruguay.
Si se quieren más pruebas sobre
la postura servil de los gobiernos –que no de los pueblos- de los Estados
latinoamericanos miembros que votaron contra el Estado vecino, fue el hecho de
que los cuerpos legislativos de Argentina y Perú, por ejemplo, aprobaron pedirle
a sus respectivos gobiernos de no respaldar tal medida impositiva, algo que
desoyeron desde luego por sumisión a las órdenes del Norte.
Si no fuera porque se trata de
un tema tan serio, como es el de los derechos humanos, mucha chacota saldría de
este asunto; sin embargo, es perentorio preguntar a algunos de los gobiernos
que tomaron la decisión ordenada por Estados Unidos ¿de qué autoridad ética,
jurídica y política se revistieron para ello? ¿Pueden los gobernantes actuales
de Argentina, Chile, Guatemala, México, Perú y Uruguay levantar la frente
existiendo una responsabilidad estatal por las miles de ejecuciones sumarias y
arbitrarias, de desapariciones forzadas, torturas, amparadas en impunidad
vergonzosa y del enriquecimiento ilícito de unos pocos en detrimento de los
derechos económicos y sociales de millones de sus compatriotas?
Esa instrumentación con fines
políticos hegemónicos de la CDH le resta respetabilidad, seriedad, ecuanimidad
y universalidad a este organismo que, junto al Alto Comisionado para los
Derechos Humanos, constituye el más alto referente en cuanto a promoción y
protección de los derechos humanos en el mundo.
No puedo terminar sin plasmar otra inquietud: ¿se benefician en
realidad los pueblos del mundo de toda la literatura y decisiones que se
discuten y toman en el seno de la CDH, sea por divulgación masiva que hacen sus
gobiernos y/o por medio de las ONG?
D. ANEXO
Actividades de la AAJ
en el 58° período de sesiones de la CDH de las Naciones Unidas
Este, como en los años precedentes, la AAJ se
hizo presente en la CDH interviniendo en sus debates y en algunas de las
actividades que de forma paralela se
realizan en torno a su trabajo; de manera especial en los temas relacionados
con los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo,
analizando y denunciando los atentados contra el disfrute de estos derechos
producidos por las empresas transnacionales, la deuda externa y las políticas
impositivas del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y la
Organización Mundial de Comercio, entre otros.
Estas
actividades se resumen en:
1. Intervenciones orales[10]
Como el reglamento de la CDH limita a máximo
seis intervenciones orales por ONG, la AAJ hizo uso de su derecho en:
a. Derecho
a la libre determinación de los pueblos: (Tema 5 del orden del día), en
relación con Puerto Rico, en particular de la isla de Vieques convertida en
práctica de tiro de la marina de guerra de los Estados Unidos.
b. Derecho
al Desarrollo: (Tema 7), aludiendo a la Cumbre de Monterrey (21 y
22.03.02), y haciendo observaciones al Cuarto Informe del Experto de la CDH en
la materia.
c. Cuestión
de la violación de los derechos humanos en los territorios árabes ocupados,
incluida Palestina: (Tema 8), denunciando el incumplimiento de las
resoluciones del Consejo de Seguridad y las graves violaciones a los Convenios
de Ginebra (Derecho Humanitario) por parte de Israel.
d. Cuestión
de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en
cualquier parte del mundo: (Tema 9), se denunció la grave situación de
Colombia y la violación masiva de los derechos fundamentales del pueblo cubano
con el bloqueo de Estados Unidos, impropiamente llamado embargo en éste como en
otros foros de la ONU.
e. Derechos
Económicos, Sociales y Culturales: (Tema 10), se expuso de manera sintética
las conclusiones sobre el juicio a la deuda externa que se hizo en el pasado
Foro Social de Puerto Alegre, y en el cual la AAJ hizo de acusador.
f. Derechos
Civiles y Políticos, en particular la detención arbitraria: (Tema 11.a),
sobre las condiciones de los detenidos en las cárceles de Perú; y (11.b), Derechos
Civiles y Políticos, en particular las cuestiones relacionadas con las
desapariciones forzadas y las ejecuciones sumarias, sobre los desaparecidos
del Sáhara Occidental.
2.. Exposiciones presentadas por escrito
La AAJ presentó dos escritos conjuntamente con
el Centro Europa Tercer Mundo, CETIM: el E/CN/2002/NGO/092 sobre los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales: Los
atentados a la libertad sindical como obstáculo al ejercicio del derecho al
trabajo. Un caso tipo: Colombia; y
el E/CN/2002/NGO/093 sobre Derechos de
los pueblos indígenas de México.
3. Actividades paralelas en el marco de
la CDH
a. Conferencia
– debate Leyes antiterroristas en Europa
y guerra de los USA contra el terrorismo: consecuencias para los derechos
humanos (3 de abril, Palacio de las Naciones -13h a 15h- y Universidad de
Ginebra -20h- ) Organización
conjunta con CETIM, International Educational Development, LIDLIP, Nord Surd
XXI y WILPF.
Expositores: Nuri Albala, abogado, Presidente de The international Commission “Fundamental Rights and Globalización”; Antoine Comte, abogado; Karen Parker, Representante ante la ONU de Internacional Educational Development.
Moderador: Alejandro Teitelbaum, Representante
permanente ante la ONU de la AAJ.
b. Conferencia
– debate Proceso de paz y derechos Humanos en Colombia (17 de abril, Sala
Mahatma Gandhi de la Maison des Associations socio-politiques de Ginebra.
Organización conjunta con OMCT, LIDLIP, CETIM,
CODEHUCA, Federación Mundial de la Juventud, Federación Sindical Mundial,
WILPF, NADAS-Suiza, Grupo Solidaridad Guatemala, Asociación Nicaragua- El
Salvador, Memoria Viva, Colectivo Simón Bolivar, Parti du Travail y SolidaritéS.
Expositores: Jean-Pierre Gontard, Director
Adjunto del Instituto Universitario de Estudios sobre el Desarrollo de Ginebra;
Gustavo Gallón, Director de la Comisión Colombiana de Juristas y Juan Antonio
Rojas, de la oposición armada de Colombia.
Moderador:
Eric Sottas, Director de la OMCT.
c. Conferencia
– debate ¿Qué derechos para los pueblos
indígenas de México? (17 de
abril, Palacio de las Naciones). Organización conjunta con LIDLIP,
CETIM y Nord Sud XXI.
Expositor: Juan Chávez Alonzo, representante
del pueblo P’urécha de Nurío, Estado de Michoacán y miembro del Congreso
Nacional Indígena de México.
Moderador: Jairo Sánchez, de la AAJ
d. Conferencia
– debate Terrorismo de Estado y Guerra en
Colombia (11 de abril, Universidad de Ginebra). Organización del Colectivo
Simón Bolívar y ANDAS-Suiza y apoyo de la AAJ, CETIM, LIDLIP, Librería
Albatros, entre otros.
Expositores: Juan Camilo Acevedo, de ANDAS
Colombia; Agustín Jiménez, del Colectivo de Solidaridad con los Presos
Políticos de Colombia, y Gladys Avila, de ASFADES, Colombia.
Moderadora: Manuela Clavijo, de Nord Sud XXI
Jurista Colombiano, miembro de la delegación de
la AAJ ente la CDH de las Naciones Unidas
Ginebra, mayo de 2002
[1] La
CDH está compuesta por 53 Estados, correspondiendo su constitución a la
división geográfica establecida en la ONU de cinco grupos regionales: El grupo
Occidental –Europa occidental, Estados Unidos, Canadá, Japón, Australia y Nueva
Zelanda; el GRULAC –América Latina y el Caribe-; el Grupo Africano; el Grupo
Asiático; y el Grupo de Europa del Este –antiguo bloque socialista.
[2] Por primera vez sesionaba la
CDH sin los Estados Unidos como uno de sus miembros. No se puede pasar por
alto, además, que el Estado imperial tiene el control de la adjudicación de
partidas del presupuesto a través del Secretario General Adjunto de
Administración y Gestión, señor Joseph E. Connor, antiguo patrón –hasta 1993-
de la Consultora internacional Price Waterhouse, quien ocupa dicho cargo desde
1994.
[3] Cuestión de las graves
violaciones a los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier
parte del mundo.
[4] Hasta hace unos años las ONG
tenían diez minutos para intervenir en cada tema, pudiéndolo hacer en todos si
lo querían, hoy también se la limita a seis intervenciones orales por ONG en un
período de sesiones.
[5] La Mesa de la CDH decidió
juntar en un solo debate los temas 12 y 13 –derechos de la mujer y del niño
respectivamente-, el 14 y 15 –Grupos e individuos específicos y cuestiones
indígenas-; 16, 17, 18, 19, 20 y 3 –Informe de la Subcomisión de Promoción y
Protección de Derechos Humanos, Promoción y protección de los derechos humanos,
Efectivo funcionamiento de los mecanismos de derechos humanos, Servicios de
asesoría y cooperación técnica en el campo de los derechos humanos, y
Organización de los trabajos del período de sesiones. En éste último se
encuentra el espinoso tema sobre Colombia.
[6] El árabe, el chino, el
español, el francés, el inglés y el ruso. El inglés, el francés y el español son
los de trabajo.
[7] En este 58° período de sesiones
hubo dos encuentros del Presidente de la CDH con las ONG para explicar las
razones que se tuvieron para recortar tan drásticamente el tiempo. A decir
verdad, no eran necesarias pues de ellas no salió un acuerdo porque no hubo
diálogo en el sentido estricto: palabras del presidente, dos o tres preguntas
de algunos delegados no gubernamentales y nada más.
[8] Doc. E/CN.4/2002/106 de 27 de
febrero de 2002
[9] Doc. E/CN.4/2002/72 de 11 de
febrero de 2002
[10] Estas intervenciones pueden ser
consultadas en sitio internet de la AAJ: www.aaj.org.br